| La Ley de Mecenazgo está destinada a fomentar la
actividad privada en actividades culturales, favoreciendo el desarrollo
cultural en todo el territorio provincial. El patrimonio cultural –desde un punto de vista integral- afecta e involucra intereses públicos y privados, respecto de la administración de los bienes destinados a mejorar las condiciones de vida social. La preservación cultural es anterior a la actividad intergubernamental, por lo que ha sido calificada como una materia que excede el mero interés individual, para convertirse en un interés colectivo fundamental; El interés privado y el interés público convergen en el desarrollo de los actos objeto de mecenazgo, con un fin común, tendiente al desarrollo de la actividad cultural creando los medios y las herramientas que lo posibiliten, tendiendo al crecimiento económico, turístico, educativo y la promoción de los valores e identidad de nuestra provincia, tanto hacia el interior como hacia el exterior del país. Es finalidad y espíritu de la Ley 3738 integrar el sector privado a la cultura, posibilitando así el financiamiento de proyectos artísticos y culturales, y obteniendo los benefactores una desgravación impositiva equivalente a su aporte financiero, además de los beneficios complementarios que estén previstos en el sistema, como la difusión y la publicidad resultantes. |
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